¿Qué funciones tiene el presidente de una comunidad de propietarios?
- LEVIA

- 1 feb
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Actualizado: 3 feb

Ser presidente de una comunidad de propietarios no es solo una figura representativa. Es un cargo con funciones concretas, responsabilidades legales y límites claros, que muchos presidentes desconocen cuando aceptan el puesto.
En este artículo te explicamos, de forma sencilla y práctica, qué puede y qué no puede hacer el presidente de una comunidad, según la Ley de Propiedad Horizontal, y cómo evitar errores habituales que generan conflictos en comunidades de propietarios en Alicante, San Juan, El Campello, Babel o San Blas.
¿Quién puede ser presidente de una comunidad?
El presidente debe ser propietario de la comunidad. Puede ser:
El titular de una vivienda o local.
El usufructuario, si así se acuerda.
Una persona jurídica (empresa), representada por una persona física.
El nombramiento se realiza normalmente en junta de propietarios, aunque también puede hacerse por turno rotatorio o sorteo.
Importante: El cargo es obligatorio, salvo que exista una causa justificada y se solicite el relevo ante el juez.
Funciones principales del presidente de la comunidad
Representar legalmente a la comunidad
La función más importante del presidente es la representación legal de la comunidad.
Esto implica que puede actuar en nombre de todos los propietarios en:
Procedimientos judiciales.
Reclamaciones de deudas a propietarios morosos.
Firma de contratos aprobados por la comunidad.
El presidente no actúa a título personal, sino como representante de la comunidad.
Convocar y presidir las juntas de propietarios
El presidente debe:
Convocar las juntas ordinarias y extraordinarias.
Fijar el orden del día (normalmente con el apoyo del administrador).
Presidir la reunión y moderar los debates.
Velar por que los acuerdos se adopten correctamente.
Una convocatoria mal hecha o un orden del día incorrecto puede dar lugar a la impugnación de acuerdos.
Ejecutar los acuerdos adoptados en junta
Una vez la junta adopta acuerdos válidos, el presidente debe:
Supervisar su cumplimiento.
Firmar contratos derivados de dichos acuerdos.
Coordinarse con el administrador de fincas para ejecutarlos.
El presidente no puede tomar decisiones importantes por su cuenta, solo ejecutar lo aprobado por la junta.
Actuar en situaciones urgentes
En casos de urgencia (por ejemplo, una fuga de agua, una avería grave o un problema de seguridad), el presidente puede:
Autorizar actuaciones inmediatas.
Contratar reparaciones urgentes sin acuerdo previo.
Eso sí, deberá informar a la comunidad lo antes posible y justificar la urgencia.
Firmar documentación y contratos
El presidente suele firmar:
Actas de las juntas.
Contratos con empresas de mantenimiento.
Documentación administrativa o bancaria.
Siempre dentro del marco de los acuerdos adoptados por la comunidad.
¿Qué NO puede hacer el presidente de la comunidad?
Este punto es clave y genera muchos conflictos en comunidades de propietarios.
El presidente NO puede:
Decidir obras sin acuerdo de la junta (salvo urgencia).
Imponer sanciones por su cuenta.
Modificar elementos comunes.
Actuar en beneficio propio.
Entrar en viviendas privadas sin permiso.
El presidente no manda, representa y ejecuta lo que decide la comunidad.
Responsabilidad legal del presidente
El presidente no responde automáticamente por todos los problemas de la comunidad, pero puede incurrir en responsabilidad si:
Actúa con negligencia grave.
Se extralimita en sus funciones.
Incumple acuerdos de la junta.
Causa daños por acción u omisión.
Por eso es fundamental contar con un administrador de fincas profesional que asesore correctamente y evite errores legales.
Duración del cargo de presidente
Salvo que los estatutos indiquen otra cosa, el cargo suele tener una duración de un año, aunque puede renovarse.
El presidente puede:
Ser reelegido.
Solicitar su relevo por causa justificada (edad, enfermedad, incompatibilidad, etc.).
Presidente y administrador de fincas: funciones distintas
Es habitual confundir ambos roles. No son lo mismo:
Presidente | Administrador de fincas |
Representa legalmente a la comunidad | Gestiona el día a día |
Preside las juntas | Redacta actas |
Ejecuta acuerdos | Controla pagos y proveedores |
Firma contratos | Asesora legalmente |
Cuando ambos trabajan coordinados, la comunidad funciona mucho mejor.
Base legal
Artículo 13 LPH: regula el cargo de presidente y su nombramiento.
Artículo 14 LPH: establece las competencias de la junta de propietarios.
Artículo 20 LPH: define las funciones del administrador de fincas.
Estos artículos dejan claro que el presidente representa, pero no sustituye a la junta ni al administrador.
Conclusión: un cargo con responsabilidad, pero con apoyo
Ser presidente de una comunidad implica responsabilidad, pero no tienes por qué asumirla solo. Una gestión profesional evita conflictos, errores legales y problemas innecesarios entre vecinos.
En Levia, ayudamos a presidentes de comunidades en Alicante, San Juan y El Campello a:
Cumplir correctamente la Ley de Propiedad Horizontal.
Tomar decisiones seguras.
Gestionar su comunidad con tranquilidad y transparencia.
¿Eres presidente y tienes dudas sobre tu comunidad? Solicita una revisión de tu comunidad y te asesoramos sin compromiso.

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